Voluntariado CER

¿Voluntariado CER amenazado?

Ante los frecuentes casos de hostigamiento, insultos y amenazas a personas voluntarias de los programas de Captura-Esterilización-Retorno (CER) para la gestión de colonias felinas en los municipios, sirvan las siguientes notas como recordatorio para toda la ciudadanía:

  • Según el artículo 39 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, aplicable en todo el Estado, es deber y responsabilidad de los Ayuntamientos gestionar y proteger las colonias felinas a través del método CER y colaborar para ello preferentemente con voluntariado, que a tal efecto deberá ser acreditado.

  • Este voluntariado está colaborando con la administración pública para dar cumplimiento a lo que establece la Ley. Y lo hace poniendo medios personales y materiales al servicio de un interés general.
  • Si existen dudas sobre cómo se está aplicando dicho método en un municipio, las preguntas, quejas y sugerencias deben hacerse llegar al Ayuntamiento, el cual debe contar con un Programa de Gestión de Colonias Felinas, que cumpla con los contenidos mínimos exigidos por la Ley.

Copia de Animales en vehículos (1)

Dejar a un animal solo en un vehículo

¿Está prohibido dejar a un perro solo en cualquier vehículo? ¿Se aplica también esta prohibición a vehículos como autocaravanas y similares?

¿Qué dice exactamente la Ley 7/2023 de 28 de marzo de protección de los derechos y el bienestar de los animales?

Entre las obligaciones generales de los responsables de animales de compañía y silvestres en cautividad, la Ley dispone en su artículo 24 apartado 2 letra d):

“No dejarlos solos dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro”.

Si nos atenemos a la redacción literal de este artículo (y a la colocación de la coma en mitad de la frase) la Ley no está diciendo que está prohibido en todo caso dejar animales solos dentro de vehículos cerrados.

Lo que está prohibido es que se dejen solos y encerrados, siempre que se encuentren expuestos a condiciones en las que pueda peligrar su vida. Por ejemplo, altas temperaturas.

¿Todo esto aplica también a caravanas o furgonetas camper? Sí. Porque la clave no está en qué tipo de vehículo sea. Sino en si los animales quedan o no expuestos a objetivas condiciones de peligro para su vida.

Si dentro de un determinado vehículo, por las condiciones de éste, no existe tal peligro, no se aplicará la prohibición. Pero la ley no exceptúa de entrada ningún vehículo.

“Poner su vida en peligro”. Esa es la parte importante del artículo, y a la que debe prestarse atención.

Para cumplir la ley y para hacerla cumplir.

Entrevista: Ley estatal de protección animal

Entrevista a María González Lacabex, en DEIA, 14-10-2023.

¿Pondrá fin la ley a estas situaciones de abandono y desatención?

Quizá la pregunta es si estas leyes van a activar la acción de la administración. Ponemos el foco en la ciudadanía, pero es importante que la administración vele por su cumplimiento y ahí no teníamos los deberes hechos. Podemos mejorar las leyes, pero hay que garantizar que se cumplan y eso pasa por control, vigilancia, inspección y denuncia en su caso.”

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