Archivo de la categoría: Código Civil

DañosMorales

Si le hacen daño, a mí también me duele

En una sentencia de octubre de 2021, un Juzgado de Bilbao reconocía el deber de indemnizar por daños morales a una familia que demandó por la muerte de su perro a causa de la agresión de otro.

La sentencia estableció una indemnización en concepto de daños morales, no solamente para la titular del perro fallecido -como invocaba la parte contraria- sino también a favor del padre de la propietaria, que fue testigo de la agresión y que convivía con el perro desde hacía 9 años.

Lo que jueces y tribunales han venido reconociendo en casos como este, quedó definitivamente zanjado en el artículo 333 bis del Código Civil, en vigor desde el 5 de enero de 2022.

Lo explica Itziar Angulo Otegui en un artículo para Economist & Jurist que puedes leer aquí:
Daño moral por pérdida o daño causado a animal de compañía: quién puede invocarlo

Furor por el derecho animal: soy abogado y mi cliente es una mascota

(Artículo en Cinco Días  sobre la descosificación de los animales en el Código Civil)

Esta reforma del Código Civil que reconoce a los animales como seres sintientes era algo urgente y necesario y, como tal, muy celebrado. Ahora, celebra María González Lacabex, fundadora del despacho Animalex, “tenemos un precepto sobre el que basar todos nuestros argumentos cuando debemos actuar en su defensa”.

Sin embargo, también señala que todavía hay que seguir luchando “contra una inercia que relaja la contundencia en las actuaciones con animales, bajo la consideración de que “era solo un perro”, “todo esto por un gato”, o “esos cerdos… si de todas maneras iban destinados al matadero”.

(…)

Leer artículo completo en Cinco Días

Animales, no cosas

Entrevista en Cadena Ser Bilbao, Hoy por Hoy Bilbao, a María González Lacabex, sobre la reciente reforma del Código Civil que deja de considerar a los animales como cosas y pasa a considerarlos como seres sintientes.

Tal y como señala María González Lacabex “ha sido un motivo de celebración que los animales sean considerados seres sintientes en nuestras leyes y, sobretodo, que se diga donde se tenía que decir, que era en el Código Civil“.

En concreto, el artículo 333 bis “cambia la consideración jurídica que había hasta ahora de los animales. Ya no serán considerados cosas jurídicamente, como hasyta ahora, si no que serán considerados lo que son: seres con capacidad de sentir, seres sintientes, seres dotados de sensibilidad“.

Además, añade María González Lacabex que “incorpora el criterio del interés del animal en la resolución de conflictos. Hay que decidir teniendo en cuenta qué es lo que más beneficia al animal“.

(…)

Escuchar entrevista completa en Radio Bilbao, Hoy por Hoy Bilbao