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	<title>ANIMALEX &#187; animales</title>
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	<description>Derecho Animal</description>
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		<title>Ética Animal en la Sociedad</title>
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		<pubDate>Mon, 07 Jul 2025 18:52:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[animalex]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Eventos]]></category>
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		<description><![CDATA[Naia Zorrilla Santamaria En el marco de los Cursos de Verano de la Universidad del País Vasco, los días 30 de junio y 1 de julio de 2025 se celebró el curso “Ética animal en la sociedad”, organizado por Animalia Ikasketa Kritikoak &#8211; Grupo de Estudios Críticos Animales. En él, distintas personas expertas compartieron sus reflexiones [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><b>Naia Zorrilla Santamaria</b></p>
<p><span style="color: #000000;">En el marco de los Cursos de Verano de la Universidad del País Vasco, los días 30 de junio y 1 de julio de 2025 se celebró el curso “Ética animal en la sociedad”, organizado por <span style="color: #3366ff;"><strong><a href="https://www.animaliaikasketakritikoak.eus/" target="_blank"><span style="color: #3366ff;">Animalia Ikasketa Kritikoak &#8211; Grupo de Estudios Críticos Animales</span></a></strong></span>. En él, distintas personas expertas compartieron sus reflexiones sobre el trato que reciben los animales no humanos en diferentes ámbitos sociales. El curso pudo seguirse tanto de forma presencial como telemática, lo que facilitó la participación.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Durante las dos jornadas, las y los ponentes fueron abordando diferentes cuestiones relacionadas con esta temática, pero desde disciplinas y miradas muy diversas, como la presencia del especismo en la educación, en el lenguaje o en la legislación. A pesar de la variedad de ponencias, y por consiguiente, la variedad de discursos, todas coincidieron en la <strong>importancia de repensar nuestra relación con los animales desde una perspectiva ética</strong>.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Se abordó, por ejemplo, el poder de los documentales a la hora de generar conciencia y transformar la percepción social sobre la forma en que se trata a los animales en diferentes contextos. Otra parte destacada del curso fue el especismo -la discriminación a los animales por el hecho de no pertenecer a la especie humana- dentro del ámbito educativo. Se expuso cómo, desde temprana edad, nos enseñan a clasificar a los animales según su utilidad para los seres humanos. Una clasificación que condiciona nuestra capacidad para empatizar con ellos. </span></p>
<p><span style="color: #000000;">Frente a ello, el curso incorporó también la experiencia de la educación como contexto en el que poder trabajar la reflexión y el pensamiento crítico sobre la manera de relacionarnos con los otros animales, como punto de cambio personal y social.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Además, se analizaron ejemplos de cómo ciertos colectivos humanos han sido animalizados como forma de justificación de la violencia, desde discursos racistas hasta el trato hacia personas con cuerpos no normativos.</span></p>
<p><span style="color: #3366ff;"><b>Derecho de los animales: hacia una legislación sin contradicciones</b></span></p>
<p><span style="color: #000000;">En esta formación se reflexionó también sobre el marco legal actual, por ejemplo de las condiciones extremas que sufren los animales en granjas, que están permitidas por normativas que priorizan la rentabilidad por encima del bienestar animal. </span></p>
<p><span style="color: #000000;">En la mesa redonda dedicada al Derecho de los Animales se explicaron las contradicciones inherentes a la normativa que regula la protección de los animales no humanos, la cual varía en función de la relación o el fin para el que el ser humano utiliza a esas otras especies.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">Por otro lado se pusieron ejemplos de casos recogidos en diversos países del mundo, en los que se han usado herramientas legales para defender a los animales, como el habeas corpus. Incluso casos en los que animales han sido reconocidos jurídicamente como “personas no humanas”. Y es que si la personalidad jurídica es una herramienta o ficción legal que puede aplicarse a entes distintos de seres humanos (como una empresa), no debería existir límite para aplicarlas a animales no humanos.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">En definitiva: tomar conciencia de hasta qué punto nuestras acciones y costumbres condicionan la forma en que tratamos a los animales es un primer paso para empezar a cuestionar muchas cosas que pasan desapercibidas por estar normalizadas, también en los ordenamientos jurídicos. </span></p>
<p><span style="color: #000000;">No siempre es fácil ver lo que tenemos tan integrado, pero sí es importante para poder <strong>construir una sociedad justa, donde el respeto no dependa de la especie y el Derecho así lo refleje</strong>.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="color: #000000;"><em>En la imagen, de izquierda a derecha, las abogadas Anna Mulà (Igualdad Animal), María González Lacabex (Animalex) y Mª Eugenia Suárez-Alba (Colegio de la Abogacía de Álava). En la mesa redonda sobre Derecho participó también, a distancia, Macarena Montes Franceschini (UPF-Centre for Animal Ethics).</em></span></p>
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		<title>Más que un chip</title>
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		<pubDate>Tue, 20 May 2025 09:52:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[animalex]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[abogacía]]></category>
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		<category><![CDATA[DerechoAnimal]]></category>
		<category><![CDATA[identificación]]></category>
		<category><![CDATA[microchip]]></category>

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		<description><![CDATA[Hace 10 años en Animalex publicábamos esta viñeta casera, con un post titulado: “Sin dueño, ¿no hay papeles?”. El motivo, llamar la atención sobre la extendida mala práctica de que en las perreras no se chipara a los animales que llegaban, salvo en el momento de ser dados en adopción, o de que los criadores [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Hace 10 años en Animalex publicábamos esta viñeta casera, con un post titulado: <span style="color: #3366ff;"><a href="https://animalexabogados.com/blog/?p=173" target="_blank"><span style="color: #3366ff;">“Sin dueño, ¿no hay papeles?”</span></a></span>. El motivo, llamar la atención sobre la extendida mala práctica de que en las perreras no se chipara a los animales que llegaban, salvo en el momento de ser dados en adopción, o de que los criadores tampoco identificaran a los cachorros a su nombre, sino directamente al de la persona compradora.</p>
<p>Esto suponía -entre otros problemas- que aquel animal que, a falta de comprador o adoptante, se hacía “desaparecer”, no dejaba rastro: simplemente, no había existido.</p>
<p>Una década después, la legislación ha cambiado y es clara al respecto. Sin embargo, en el despacho aún observamos mucho desconocimiento, desinformación e incluso mala praxis, que después desemboca en problemas, tanto para los animales, como para sus responsables.</p>
<p>POR FAVOR, RECUERDA:</p>
<ul>
<li>Tanto si adoptas (deseable) como si compras un animal, tiene que estar identificado y registrado previamente a nombre de quien te lo entrega.</li>
<li>Si es un animal abandonado, también: el microchip estará dado de alta en primer término a nombre de una administración pública o de una entidad de protección animal. Después se hará el cambio a tu nombre.</li>
<li>La cesión la tenéis que formalizar en un contrato, firmado por quien te entrega el animal y por ti (con todos vuestros datos completos y los del animal, incluido su núm. de microchip).</li>
<li>Consejo: Si sois dos personas las que adquirís el animal, hacedlo constar así en el contrato.</li>
<li>Con ese contrato, debes solicitar el cambio de titularidad a tu nombre en el Registro de Identificación. No es una mera formalidad, así que no esperes y hazlo inmediatamente.</li>
<li>Si cambias de domicilio, tendrás que comunicarlo al Registro de Identificación.</li>
<li>Y sí, tu gato también tiene que tener microchip, aunque no vaya a salir de la vivienda.</li>
</ul>
<p>El microchip no es sólo para que puedan llamarte si tu animal se pierde. Ni es sólo una formalidad por cuyo incumplimiento te pueden multar. Sin él, legalmente está desprotegido él, y estarás desprotegido/a tú.</p>
<p>¡Dale la importancia que tiene!</p>
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		<title>Dejar a un animal solo en un vehículo</title>
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		<pubDate>Wed, 18 Oct 2023 14:57:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[animalex]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[animales]]></category>
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		<category><![CDATA[Vehículos]]></category>

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		<description><![CDATA[¿Está prohibido dejar a un perro solo en cualquier vehículo? ¿Se aplica también esta prohibición a vehículos como autocaravanas y similares? ¿Qué dice exactamente la Ley 7/2023 de 28 de marzo de protección de los derechos y el bienestar de los animales? Entre las obligaciones generales de los responsables de animales de compañía y silvestres [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>¿Está prohibido dejar a un perro solo en cualquier vehículo? ¿Se aplica también esta prohibición a vehículos como autocaravanas y similares?</p>
<p><strong>¿Qué dice exactamente la Ley 7/2023 de 28 de marzo de protección de los derechos y el bienestar de los animales?</strong></p>
<p>Entre las obligaciones generales de los responsables de animales de compañía y silvestres en cautividad, la Ley dispone en su artículo 24 apartado 2 letra d):</p>
<p><em>“No dejarlos solos dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro”.</em></p>
<p>Si nos atenemos a la redacción literal de este artículo (y a la colocación de la coma en mitad de la frase) la Ley no está diciendo que está prohibido en todo caso dejar animales solos dentro de vehículos cerrados.</p>
<p>Lo que está prohibido es que se dejen solos y encerrados, siempre que se encuentren expuestos a condiciones en las que pueda peligrar su vida. Por ejemplo, altas temperaturas.</p>
<p>¿Todo esto aplica también a caravanas o furgonetas camper? Sí. Porque la clave no está en qué tipo de vehículo sea. Sino en si los animales quedan o no expuestos a objetivas condiciones de peligro para su vida.</p>
<p>Si dentro de un determinado vehículo, por las condiciones de éste, no existe tal peligro, no se aplicará la prohibición. Pero la ley no exceptúa de entrada ningún vehículo.</p>
<p><strong>&#8220;Poner su vida en peligro&#8221;.</strong> Esa es la parte importante del artículo, y a la que debe prestarse atención.</p>
<p>Para cumplir la ley y para hacerla cumplir.</p>
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		<title>Entrevista: Ley estatal de protección animal</title>
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		<pubDate>Sat, 14 Oct 2023 08:41:27 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Entrevista a María González Lacabex, en DEIA, 14-10-2023. ¿Pondrá fin la ley a estas situaciones de abandono y desatención? Quizá la pregunta es si estas leyes van a activar la acción de la administración. Ponemos el foco en la ciudadanía, pero es importante que la administración vele por su cumplimiento y ahí no teníamos los [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p class="article-body__text question-answers__question" style="font-weight: bold; color: #161616;">Entrevista a María González Lacabex, en DEIA, 14-10-2023.</p>
<p class="article-body__text question-answers__question" style="font-weight: bold; color: #161616;"><em>¿Pondrá fin la ley a estas situaciones de abandono y desatención?</em></p>
<p class="article-body__text question-answers__answer" style="color: #161616;"><em>Quizá la pregunta es si estas leyes van a activar la acción de la administración. Ponemos el foco en la ciudadanía, pero es importante que la administración vele por su cumplimiento y ahí no teníamos los deberes hechos. Podemos mejorar las leyes, pero hay que garantizar que se cumplan y eso pasa por control, vigilancia, inspección y denuncia en su caso.&#8221;</em></p>
<p class="article-body__text question-answers__answer" style="color: #161616;"><span style="text-decoration: underline;"><strong><span style="color: #3366ff;"><a href="https://www.deia.eus/actualidad/sociedad/2023/10/14/maria-gonzalez-lacabex-vivan-alquiler-7382714.html" target="_blank"><span style="color: #3366ff; text-decoration: underline;">Lee la entrevista completa aquí</span></a></span></strong></span></p>
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		<title>Entrevista: Perros atados a la entrada de comercios</title>
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		<pubDate>Tue, 10 Oct 2023 08:44:54 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Entrevista a María González Lacabex, en El Correo (09-10-2023) Esta situación viene recogida en el artículo 27d) de la Ley estatal 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que prohíbe (respecto a los animales de compañía) «mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Entrevista a María González Lacabex, en El Correo (09-10-2023)</strong></p>
<p><span style="color: #202020;">Esta situación viene recogida en el artículo 27d) de la Ley estatal 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que prohíbe (respecto a los animales de compañía) «mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y su comportamiento».</span></p>
<p><span style="color: #202020;">En lo referido a la prohibición de dejar atado al perro, «habrá que analizar el caso concreto. No es lo mismo dejarlo atado a la entrada de un pequeño establecimiento comercial, desde el que puedes estar viendo directamente al animal, que en uno de mayor tamaño, en el que efectivamente el animal se queda completamente solo y expuesto, sin la requerida «supervisión presencial».</span></p>
<p><strong><span style="color: #3366ff;"><a href="https://www.elcorreo.com/economia/tu-economia/nuevas-multas-dejar-perro-atado-puertas-comercio-euskadi-20231009135610-nt.html" target="_blank"><span style="color: #3366ff;">Lee la entrevista completa aquí</span></a></span></strong></p>
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		<title>Son familia</title>
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		<pubDate>Thu, 13 Jul 2023 08:54:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[animalex]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[Derecho y Animales, el Podcast de INTERcids dedica su Episodio 92 al proyecto de Ley de Familias, cuya tramitación quedó interrumpida por el adelanto electoral. Una ley que se pretenda verdaderamente integradora y comprensiva de la diversidad de circunstancias en las que pueden encontrarse las familias, no debería pasar por alto que cada vez son [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Derecho y Animales, el Podcast de <span style="color: #3366ff;"><a href="https://intercids.org/"><span style="color: #3366ff;">INTERcids</span></a></span></strong> dedica su Episodio 92 al proyecto de Ley de Familias, cuya tramitación quedó interrumpida por el adelanto electoral.</p>
<p>Una ley que se pretenda verdaderamente integradora y comprensiva de la diversidad de circunstancias en las que pueden encontrarse las familias, no debería pasar por alto que cada vez son más las que conviven con animales, sobre todo cuando se trata de apoyar a aquéllas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.</p>
<p>Cristina Bécares y María González Lacabex explican en este episodio las propuestas de enmiendas que, en ese sentido, presentó a este proyecto legislativo la <span style="color: #3366ff;"><a href="https://coppaprevencion.org/espana-podcast-enmiendas-coppa-ley-familias/"><span style="color: #3366ff;">Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA)</span></a></span>.</p>
<p><span style="color: #3366ff;"><strong><a href="https://intercids.org/episodio-92-ley-de-familias-con-cristina-becares-y-maria-g-lacabex/?fbclid=IwAR3F8IH8TUZKDhLrhvdDsT7cb6IU2ZGubSBe3XCjC1xnxDC_wEOwnYVDsLQ"><span style="color: #3366ff;">ESCUCHA EL EPISODIO AQUÍ</span></a></strong></span></p>
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		<title>Testamentos y animales</title>
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		<pubDate>Thu, 20 Apr 2023 07:18:33 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Artículo de Vanessa M. Clavijo con la abogada María González Lacabex en representación de INTERcids. (Animaleros, 20 minutos). El artículo explica que añadir a nuestros animales en el testamento siempre ha sido una opción disponible para cualquiera, pero no estaba debidamente recogido en el Código Civil español hasta la reforma realizada en enero de 2022, donde [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><span style="color: #000000;">Artículo de Vanessa M. Clavijo con la abogada María González Lacabex en representación de INTERcids. (Animaleros, 20 minutos).</span></p>
<p><span style="color: #000000;">El artículo explica que añadir a nuestros animales en el testamento siempre ha sido una opción disponible para cualquiera, pero no estaba debidamente recogido en el Código Civil español hasta la reforma realizada </span><span style="color: #000000;">en enero de 2022, donde se introdujeron disposiciones concretas</span><span style="color: #000000;"> que permiten normalizar y favorecer el trámite para los clientes que toman esta decisión.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">“No se trata de una extravagancia”</span><span style="color: #000000;">, recalca María González, “sino de una posibilidad expresamente contemplada por la Ley, que quienes tienen animales a su cargo y se preocupan por esta cuestión, solicitan ahora de manera mucho más natural y normalizada”.</span></p>
<p><span style="color: #3366ff;"><a href="https://www.20minutos.es/noticia/5117622/0/testamentos-y-animales-todo-lo-que-hay-que-saber-y-por-que-es-buena-idea-incluirlos/" target="_blank"><span style="color: #3366ff;">Acceder al artículo completo</span></a></span></p>
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		<title>Vacunar contra la rabia, obligatorio en Euskadi</title>
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		<pubDate>Mon, 10 Oct 2022 19:39:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[animalex]]></dc:creator>
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		<description><![CDATA[Desde el 11 de octubre de 2022 es obligatorio que todos los perros que se hallen en el País Vasco cuenten con la vacuna de la rabia. Además de por evidentes motivos de sanidad animal y salud pública, la vacunación obligatoria cumple una importante función en el control de la protección de los animales. Así: [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<div class="xdj266r x11i5rnm xat24cr x1mh8g0r x1vvkbs x126k92a">
<div dir="auto">Desde el 11 de octubre de 2022 es obligatorio que todos los perros que se hallen en el País Vasco cuenten con la vacuna de la rabia.</div>
<div dir="auto"></div>
</div>
<div class="x11i5rnm xat24cr x1mh8g0r x1vvkbs xtlvy1s x126k92a">
<div dir="auto"></div>
<div dir="auto">Además de por evidentes motivos de sanidad animal y salud pública, la vacunación obligatoria cumple una importante función en el control de la protección de los animales. Así:</div>
<div dir="auto"></div>
<div dir="auto">&gt; Antes de la vacunación, el veterinario controlará que el perro está correctamente identificado y realizará una exploración clínica del animal.</div>
<div dir="auto"></div>
<div dir="auto">&gt; El veterinario hará constar la vacunación en el pasaporte del animal y también en el Registro de Identificación.</div>
<div dir="auto"></div>
</div>
<div class="x11i5rnm xat24cr x1mh8g0r x1vvkbs xtlvy1s x126k92a">
<div dir="auto"></div>
<div dir="auto"></div>
<div dir="auto">* Normativa aplicable:</div>
<div dir="auto"></div>
<div dir="auto">Orden de 30 de septiembre de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se regula la vacunación antirrábica obligatoria de la especie canina en la Comunidad Autónoma de Euskadi.</div>
<div dir="auto"></div>
<div dir="auto"></div>
</div>
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		<title>Empatía en la educación: así, sí</title>
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		<pubDate>Fri, 22 Jul 2022 19:52:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[animalex]]></dc:creator>
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		<category><![CDATA[Educación]]></category>
		<category><![CDATA[empatía]]></category>

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		<description><![CDATA[Ha sido publicada la Orden EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria (BOE nº 174, 21-07-2022) . Con arreglo a la misma:La Educación Primaria contribuirá a desarrollar en los niños y las niñas las capacidades que les permitan, entre otros: l) [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><span style="color: #050505;">Ha sido publicada la Orden EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria (BOE nº 174, 21-07-2022) . Con arreglo a la misma:</span><br style="color: #050505;" /><br style="color: #050505;" /><span style="color: #050505;">La Educación Primaria contribuirá a desarrollar en los niños y las niñas las capacidades que les permitan, entre otros:</span></p>
<p><span style="color: #050505;">l) Conocer y valorar los animales más próximos al ser humano y adoptar modos de comportamiento que favorezcan la empatía y su cuidado.</span><br style="color: #050505;" /><br style="color: #050505;" /><span style="color: #050505;">Se quiere garantizar que todo alumno o alumna sepa activar los aprendizajes adquiridos para responder a los principales desafíos a los que deberá hacer frente a lo largo de su vida, entre ellos:</span></p>
<p><span style="color: #050505;">&gt; Desarrollar una actitud responsable a partir de la toma de conciencia de la degradación del medioambiente y del maltrato animal basada en el conocimiento de las causas que los provocan, agravan o mejoran, desde una visión sistémica, tanto local como global.</span><br style="color: #050505;" /><br style="color: #050505;" /><span style="color: #050505;">Todo ello se concreta en la relación de competencias y criterios de evaluación recogidos en la orden, para toda la etapa de Educación Primaria. </span></p>
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		<title>Animales en vehículos: seguridad vial y protección animal</title>
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		<pubDate>Mon, 27 Jun 2022 10:15:21 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Publicaciones]]></category>
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		<description><![CDATA[(Artículo de María González Lacabex en Economist &#38; Jurist) La reciente entrada en vigor de la última modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y el incremento en los desplazamientos con motivo de la llegada del buen tiempo y los períodos vacacionales ponen el foco en una temática [&#8230;]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>(Artículo de María González Lacabex en <em>Economist &amp; Jurist</em>)</p>
<p>La reciente entrada en vigor de la última modificación de la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11722">Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial</a> y el incremento en los desplazamientos con motivo de la llegada del buen tiempo y los períodos vacacionales ponen el foco en una temática tan recurrente como sorprendentemente no demasiado bien conocida en todas sus implicaciones: las <strong>obligaciones legales asociadas a la presencia y el transporte de animales de compañía en vehículos</strong>.</p>
<p>Una normativa que se plantea no solo desde la perspectiva de la seguridad vial, sino también desde la del bienestar animal, y que como tal ha de ser conocida y debidamente aplicada por las personas con animales a su cargo.</p>
<p>Leer artículo completo en <strong><span style="color: #3366ff;"><a href="https://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/animales-en-vehiculos-seguridad-vial-y-proteccion-animal/"><span style="color: #3366ff;">Economist &amp; Jurist </span></a></span></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
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