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Animales en vehículos: seguridad vial y protección animal

(Artículo de María González Lacabex en Economist & Jurist)

La reciente entrada en vigor de la última modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y el incremento en los desplazamientos con motivo de la llegada del buen tiempo y los períodos vacacionales ponen el foco en una temática tan recurrente como sorprendentemente no demasiado bien conocida en todas sus implicaciones: las obligaciones legales asociadas a la presencia y el transporte de animales de compañía en vehículos.

Una normativa que se plantea no solo desde la perspectiva de la seguridad vial, sino también desde la del bienestar animal, y que como tal ha de ser conocida y debidamente aplicada por las personas con animales a su cargo.

Leer artículo completo en Economist & Jurist

 

Animales e Internet

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En noticias aparecidas en medios de comunicación y en casos que llegan al despacho: la compra de animales por internet sigue mostrándonos sus evidentes peligros, principalmente para los animales víctimas de este comercio sin reglas ni control.

Un peligro que -seguramente muchas veces sin darse cuenta- quienes optan por esta vía para adquirir un animal están contribuyendo a perpetuar.

RECUERDA: la cría y comercio ilegal y sin escrúpulos de animales de compañía es un negocio que encuentra muchas facilidades en internet, y que no se mantendría si no hubiera compradores. 

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Pasear en tiempos de alarma

María González Lacabex

(Artículo publicado en el blog de Derecho de los Animales del Consejo General de la Abogacía Española)

No hay mención expresa en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, a las salidas con animales de compañía.

Así que, en un hecho histórico, nos encontramos que en su comparecencia para la declaración del estado de alarma, el propio Presidente del Gobierno matiza que quienes tengan perro podrán salir para “pasearlo”.

Pienso que “pasear” ha sido un verbo desafortunado en este contexto. Un verbo que induce no sólo a error, sino sobre todo a una innecesaria controversia, a la que sin embargo hemos asistido durante los últimos días en diversos medios y redes. Controversia que suscita quien no convive con animales y ve en esos “paseos” una injusta discriminación, y también quien convive con ellos y hace una interpretación, digamos, algo laxa de la excepción que se aplica en su caso.

No, nadie hablaba de salir a pasear con el perro. Se habla de garantizar al animal sus necesidades fisiológicas más básicas (el resto las verá limitadas, como los demás miembros de su familia humana), con la salida que sea imprescindible para ello. Criticarlo por parte de unos, es mostrar ignorancia y desconocimiento; y abusar de ello por parte de otros, es simple y llanamente, insolidario.

(…)

Leer el artículo completo en el blog de Derecho de los Animales del CGAE