Archivo de la etiqueta: Asociaciones

Para ayudar, formalidad

Artículo de María González Lacabex en el Blog de Derecho de los Animales del Consejo General de la Abogacía Española

Cualquier asociación es en sí misma, una herramienta al servicio del fin para el que se crea. Una herramienta que debe ser debidamente cuidada, atendida y gestionada, rigurosa cumplidora de las obligaciones que como tal le son exigibles. La limitación de recursos y tiempo con frecuencia lleva a entidades sin ánimo de lucro a desatender este aspecto, centradas en el día a día de sus -siempre muy loables- tareas más inmediatas.

Revisar y actualizar estatutos, formalizar la relación con el voluntariado y con la administración, archivar todas las actividades realizadas y los gastos en los que incurren, llevar al día bases de datos con animales atendidos, etc., son acciones que deberían formar parte natural del funcionamiento de cualquier asociación y que, según la evolución de nuestra normativa, resultarán cada vez más exigidas.

En este punto concreto, la Ley 7/2023, de 28 de marzo, ha traído consigo nuevos deberes que pueden constituir una positiva oportunidad para comenzar con todo ello. Para que las asociaciones de protección animal se refuercen como tales, actúen de una manera más organizada, visibilicen su contribución y respalden con la necesaria formalidad legal la labor que realizan en beneficio del interés público.

LEER ARTÍCULO COMPLETO 

Voluntariado CER

¿Voluntariado CER hostigado?

Ante los frecuentes casos de hostigamiento e insultos a personas voluntarias de los programas de Captura-Esterilización-Retorno (CER) para la gestión de colonias felinas en los municipios, sirvan las siguientes notas como recordatorio para toda la ciudadanía:

  • Según el artículo 39 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, aplicable en todo el Estado, es deber y responsabilidad de los Ayuntamientos gestionar y proteger las colonias felinas a través del método CER y colaborar para ello preferentemente con voluntariado, que a tal efecto deberá ser acreditado. 
  • Este voluntariado está colaborando con la administración pública para dar cumplimiento a lo que establece la Ley. Y lo hace poniendo medios personales y materiales al servicio de un interés general.
  • Si existen dudas sobre cómo se está aplicando dicho método en un municipio, las preguntas, quejas y sugerencias deben hacerse llegar al Ayuntamiento, el cual debe contar con un Programa de Gestión de Colonias Felinas, que cumpla con los contenidos mínimos exigidos por la Ley.